Niegan prisión domiciliaria a Epa Colombia: deberá cumplir condena completa en El Buen Pastor

Niegan prisión domiciliaria a Epa Colombia: deberá cumplir condena completa en El Buen Pastor

El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá negó la solicitud de prisión domiciliaria presentada por la defensa de Daneidy Barrera Rojas, conocida como “Epa Colombia”, quien deberá continuar cumpliendo su condena de 63 meses y 15 días en la cárcel El Buen Pastor.

La solicitud, basada en la Ley 2292 de 2023 que permite la prisión domiciliaria para madres cabeza de familia con penas inferiores a ocho años, fue rechazada por no cumplir con los requisitos establecidos. Según el juzgado, Barrera no logró demostrar que cumple con la condición legal de madre cabeza de familia, ya que no evidenció la ausencia o incapacidad de otros familiares para cuidar a su hija.

Además, el fallo determinó que el centro de reclusión cuenta con condiciones adecuadas para la atención y lactancia de la menor, descartando así la necesidad de trasladarla al hogar.

La influencer fue condenada por la Corte Suprema de Justicia por su participación en actos vandálicos durante el paro nacional de noviembre de 2019, donde causó daños a una estación de TransMilenio. Los delitos por los que fue procesada incluyen daño en bien ajeno agravado, instigación a delinquir con fines terroristas y perturbación del transporte público.

El abogado Francisco Bernate, quien lidera la defensa de Barrera, había argumentado que su clienta es el principal soporte económico y emocional de su hogar. No obstante, el juzgado concluyó que su pareja puede asumir el cuidado de la menor durante el cumplimiento de la pena, por lo que no procede el beneficio.

Daneidy Barrera ingresará a prisión en febrero de 2025, donde deberá cumplir la totalidad de su condena.

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